Cuando procede el fuero circunstancial. la Corte Constitucional, en Sentencia SU- 432 del 9 de Julio de dos mil quince (2015)2, explicó: “102. En ese marco, el fuero circunstancial es aquel que se activa al momento de iniciarse un conflicto colectivo de trabajo y que cobija no solo a los empleados sindicalizados sino a todos aquellos que se vean inmersos en un conflicto de este tipo. Este fuero aplica a todos los trabajadores sin importar si están o no sindicalizados, excepto a los trabajadores que cumplen funciones directivas en la empresa, cuando presentan un pliego de peticiones al empleador, como por ejemplo exigiendo
