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QUE REINE LA PARIDAD EN EL COPASST

Barranquilla, diciembre 10 de 2023

 

QUE REINE LA PARIDAD EN EL COPASST

Este 13 de Diciembre del presente año, se llevará a cabo la Elección del Nuevo Comité PARITARIO De Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST- , en Cartón de Colombia S.A., un espacio que históricamente ha sido cooptado por la Administración, de tal suerte que en todas las Elecciones Democráticas del COPASST, ha inscrito una Lista con candidatos que son REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR, de acuerdo con lo prescrito en nuestro Reglamento Interno en su Acápite “ORDEN JERÁRQUICO” (Artículo 88, 89 y Parágrafo) y en el Artículo 32 del Código Sustantivo del Trabajo y La Seguridad Social. Mediante este escrito queremos crear conciencia en Nuestros Compañeros, Los Trabajadores que día a día nos enfrentamos a los riesgos del proceso productivo y a Los Compañeros Administrativos de la baja escala jerárquica de la empresa Cartón de Colombia S. A., Uds. Nos tienen a Nosotros, ante cualquier situación.

¿QUÉ ES EL COPASST?

El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) es un Comité encargado de la promoción y vigilancia de las normas relacionadas con temas de seguridad y salud en el trabajo dentro de las empresas públicas y privadas.

¿POR QUÉ SE LLAMA PARITARIO?

El COPASST se llama PARITARIO porque debe estar conformado por igual número de personas en representación del Empleador y de los Trabajadores (as). “Paritario” se refiere a “paridad”, “igualdad” y “equidad”. Es por esta razón que se le ha dado este nombre.

IMPORTANCIA DEL COPASST

La importancia del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo está en que debe garantizar que los riesgos de accidentes y enfermedades a causa del trabajo, sean reducidos al máximo. Además, tiene un papel relevante, pues es un puente para transmitir las solicitudes de necesidades que tengan los (as) Trabajadores (as) en aquellos problemas que pueden afectar su seguridad y salud en el trabajo.

¿CÓMO ESTÁ CONFORMADO EL COPASST?

La Resolución 2013 de 1986 establece que para la conformación del comité deben haber representantes del empleador y trabajador por igual número en ambas partes, para ello la resolución ha dispuesto conformar el COPASST de acuerdo al número de funcionarios de la empresa; en el caso de Cartón de Colombia S.A., lo siguiente:

“… De 1000 Trabajadores en adelante (4 representantes por cada una de las partes con sus respectivos suplentes).”

MARCO NORMATIVO DEL COPASST

  • Resolución 2013 de 1986        •  Decreto 614 de 1974
  • Resolución 1016 de 1989          Decreto ley 1295 de 1994
  • Ley 1562 de 2012                       Decreto 1072 de 2015

 

¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE EL COPASST DENTRO DE LAS EMPRESAS?

El COPASST, se enmarca bajo la Resolución 2013 de 1986 que en su artículo 11 nombra las funciones que tendrá el Comité dentro de las organizaciones a saber:

  • Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo;
  • Proponer y participar en actividades de capacitación en Salud Ocupacional dirigidas a trabajadores, supervisores y directivos de la empresa o establecimiento de trabajo;
  • Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de Salud Ocupacional en las actividades que estos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes;
  • Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; proponer su divulgación y observancia;
  • Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado;
  • Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.
  • Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial;
  • Servir como organismo de coordinación entre empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud Ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la Salud Ocupacional.
  • Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente Resolución.
  • Elegir el secretario del Comité;
  • Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes, y Las demás funciones que le señalen las normas sobre Salud Ocupacional.

Para quebrantar la enajenación del COPASST que hemos padecido por años, invitamos a toda la Comunidad Cartonera a VOTAR por la ÚNICA LISTA que representa a Los Trabajadores, en la cual no hay siquiera un solo Representante del Empleador, de los cuales hace mención nuestro Reglamento Interno y que hacen parte de la LÍNEA JERÁRQUICA en la cual está representada la Empresa Cartón de Colombia y a la cual Todos Los Trabajadores estamos SUBORDINADOS. Esa Línea Jerárquica QUE NO NOS REPRESENTA, está integrada por: a) Junta Directiva. b) Presidente. c) Vicepresidentes. d) Gerentes y Directores. e) SUPERINTENDENTES E INGENIEROS JEFES DE ÁREAS. f) JEFES DE SECCIÓN. g) SUPERVISORES.

Por todo lo anteriormente expuesto, queda claro que, en esta ocasión, la ÚNICA LISTA que representa a Los Trabajadores Cartoneros es La LISTA #1.

 

LLEGÓ LA HORA DE TOMAR NUESTRO LUGAR EN EL COPASST

VOTA BIÉN… ¡Y MIRA POR QUIEN!

 

Junta Directiva SINTRACARCOL

Seccional Barranquilla

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